Guía para contratar trabajadores extranjeros en Chile mediante contrato, oferta laboral o prestación de servicios, con requisitos oficiales de SERMIG.

La Residencia Temporal para personas que desarrollan actividades lícitas remuneradas es una de las principales vías para incorporar trabajadores extranjeros a Chile. Su correcta elección depende del vínculo contractual, la documentación del empleador y la forma en que la persona prestará sus servicios.
Esta subcategoría está destinada a personas extranjeras que desean establecerse en Chile por un tiempo limitado para desarrollar actividades remuneradas lícitas. Puede fundarse en un contrato de trabajo, una oferta laboral formal, un contrato de prestación de servicios o una actividad por cuenta propia que cumpla las condiciones migratorias aplicables.
Cuando existe subordinación y dependencia con un empleador domiciliado o con sucursal en Chile, el permiso puede otorgarse por hasta dos años y ser prorrogado sucesivamente por períodos de hasta dos años.
La empresa debe acreditar su existencia, la representación de quien firma, la liquidez necesaria para cumplir las obligaciones laborales y la consistencia del contrato. El trabajador debe presentar, entre otros antecedentes, pasaporte, certificado de antecedentes penales y fotografía reciente.
También es posible postular con una oferta formal aceptada por el trabajador. Si la evaluación es favorable, SERMIG puede otorgar inicialmente una residencia por 90 días corridos. Después del ingreso a Chile, el trabajador dispone de 45 días para presentar el contrato definitivo celebrado con el mismo empleador y la constancia de su registro electrónico.
Si el contrato no se concreta, el permiso de 90 días puede quedar sin efecto. Por eso la oferta laboral no debe utilizarse como un documento meramente referencial: debe existir una intención real y verificable de contratación.
La solicitud debe iniciarse desde el extranjero mediante el Portal de Trámites Digitales de SERMIG. La planificación del ingreso es esencial, porque viajar como turista no reemplaza la residencia ni permite cambiar libremente la categoría migratoria dentro de Chile.
Una vez otorgada la Residencia Temporal, la pérdida del empleo o el cambio voluntario de empleador no constituyen por sí solos una causal de revocación. La excepción relevante son los permisos iniciales de 90 días concedidos sobre la base de una oferta laboral, que están vinculados al empleador que emitió esa oferta.
En GMS auditamos al empleador y al trabajador antes de presentar la solicitud, revisamos contratos y poderes, validamos la categoría migratoria y coordinamos la incorporación laboral. Esto permite reducir observaciones, evitar documentos incompatibles y mantener trazabilidad del proceso.
Consulta la información oficial de SERMIG sobre actividades lícitas remuneradas.